¿Qué es Co-housing?
Es un tipo de comunidad, podríamos decir de propietarios, aunque no exactamente, cohesionada por su forma de entender
la relación entre vida privada y vida común. Está formada por viviendas
privadas y una dotación importante de servicios comunes. Está planeada y
gestionada por sus residentes, según el modelo que ellos mismos deciden, lo que
les permite definir el proyecto según sus necesidades específicas reales. Para
conseguir un coste moderado las viviendas, aún contando normalmente con
equipamiento completo, suelen reducir su superficie habitual para dedicarla a
los espacios comunes.
Los residentes pueden definir su propio modelo de
convivencia para compartir algunas o muchas de las actividades vitales, desde
las más básicas como la gestión de la comunidad, la limpieza o el ocio, hasta
la cocina, el cuidado de los niños, la jardinería, etc. Los servicios comunes,
con un marcado carácter socio-cultural, pueden incluir cocina, comedor,
lavandería, guardería, enfermería, oficinas, talleres, sala de actos,
habitaciones de invitados y viajeros, salas de juegos, gimnasio, ordenadores y
multimedia, spa, invernadero, etc.
Hay cohousing de muchos tipos: urbanos y rurales; en
edificios nuevos o en rehabilitados: las casas pueden ser de tipo unifamiliar,
adosado o en bloque y los espacios comunes estar agrupados o repartidos.
Cohousing es una alternativa al anodino y derrochador urbanismo actual.
El concepto moderno nace en Dinamarca en los años 60-70,
pasando posteriormente a otros paises del norte de Europa y a Estados Unidos,
donde se formaliza el nombre genérico cohousing para definir esta forma de
organización del modo de vida y de la vivienda.
En nuestra aproximación al Cohousing o Covivienda partimos
del modelo nórdico Andel: una comunidad de individuos que, bajo una fórmula
cooperativa, convive en un conjunto residencial. ¿Sencillo? Quizás no tanto.
Veamos en que se distingue de otras soluciones, como las Comunidades de
Propietarios o las Cooperativas de Viviendas al uso que conocemos en España.
La Comunidad de Propietarios será seguramente la fórmula de
más éxito en España en materia inmobiliaria. A diferencia de la Covivienda, en las
Comunidades hay propietarios, propietarios que venden, que compran, que hipotecan
los distintos elementos que componen esa Comunidad, sin perjuicio de la
existencia de unas zonas y servicios comunes que hay que financiar y sobre los
que hay que tomar decisiones. Esa vinculación con el concepto más clásico de
propiedad privada desaparece en el Cohousing, donde el propietario del inmueble
es la propia cooperativa, que cede el uso de esos elementos individuales a los
socios de la cooperativa.
En España las Cooperativas de Viviendas se han orientado en
la inmensa mayoría de los casos hacia la promoción de las mismas, al igual que
otras formulas como las Comunidades de Bienes. Todas ellas, una vez han
construido las viviendas o locales se los adjudican a los socios, constituyendo
finalmente una Comunidad de Propietarios. Y este suicidio sistemático de las
cooperativas de viviendas tienen lugar incluso cuando la legislación, siendo
parca, permite el desarrollo del cohousing bajo el paraguas de la cooperativa
de viviendas (ahí tenemos, por ejemplo el art. 89.3 de la Ley de Cooperativas,
o el 106.3 de la Ley catalana)
¿Cómo funciona un Co-housing?
Si la definición es complicada, entrar en el detalle del
funcionamiento de un Cohousing eleva la dificultad del ejercicio, especialmente
en el caso español en el que hay una escasa regulación genérica, así como un
embrionario desarrollo práctico. Por ello, y tomando como referencia el
mencionado modelo Andel, de cooperativas nórdicas, nos limitamos a apuntar los
principios sobre los que se mueven.
La propietaria del
inmueble es la Cooperativa. Los socios de la misma, que no son propietarios de
los inmuebles, reciben la cesión del uso de estos de la cooperativa, pagando
una cantidad en concepto de entrada a la cooperativa, que recuperarán cuando salgan
de la misma, asi como un alquiler mensual que incluye la contribución en los
gastos generales.
La Cooperativa
funciona bajo un régimen de autogestión, democrático. Los derechos de voto son
personales, y la implicación es absolutamente necesaria, frente al modelo de
cuotas por superficie de las Comunidades de Propietarios y baja implicación en
la gestión de los comuneros. En el Cohousing, sin llegar a los extremos de su
antecesor exótico, los kibbutz, parece conveniente un elevado grado de militancia
cívica y de cohesión ideológica.
El derecho de uso
no puede ser embargado, pero si puede ser transmitido conforme a las reglas que
haya fijado la Cooperativa, lo que suele conllevar unas listas de reserva de
aspirantes, una aprobación de los mismos, una autoregulación de los precios de
transmisión. asi como que el dinero del nuevo socio no vaya al viejo, si no en
primer lugar a la Cooperativa, y luego esta le de curso una vez compruebe que
esta al día el socio saliente y que todo el proceso es correcto.
Es evidente que en
un modelo como el andel las referencias bancarias/hipotecarias son muy
distintas al español. No existen hipotecas individuales. En su lugar podemos
hablar de una hipoteca comunitaria, y de financiaciones puntuales, de carácter
personal, para las cuotas de entrada.
Una parte esencial de la contribución al éxto de este modelo
es su apoyo por parte de las Administraciones Públicas: suelo, subvenciones,
financiación, apoyo técnico, etc…
Experiencia en España
La legislación es muy escasa y parece que todo está por
hacer. Quizás SostreCívic sea la organización representativa en cuanto al
impulso del cohousing en España, bajo la formula del MCU (Modelo de Cooperativa
de Uso).
Sin embargo, y a pesar de los proyectos que exponen, la
realidad parece estar complicando dichos desarrollos. A lo novedoso de la
experiencia se unen las restricciones crediticias generalizadas (y más para
algo que esta por probar donde las garantías para ael acreedor no son las
óptimas), así como la crisis financiera de las Administraciones Públicas, que
como hemos comentado son parte fundamental de la apuesta.
¿A quién le puede interesar vivir en un Co-housing?
A cualquier persona o grupo de personas con una idea común
de cómo vivir.
Sin limitarlo a otras personas o a planteamientos de grupos
mixtos, consideramos especialmente adecuados para el tipo de forma de vida
cohousing a:
- Personas mayores
- Personas que quieran vivir con sus amigos
- Personas con discapacidad
- Profesionales que trabajan en casa
- Personas con enfermedades y tratamientos crónicos
- Familias numerosas
- Personas con recursos limitados. Viviendas asequibles
- Familias multigeneracionales (abuelos, padres, hijos)
- Artistas, músicos y grupos con necesidates especiales de
espacio, luz, acústica...
- Personas y familias a las que les gustaría reorganizar su
vida para disfrutar de más tiempo y disminuir gastos.