martes, 13 de septiembre de 2016

Co-housing. ¿Un nuevo modelo de Comunidad de Propietarios?

 

¿Qué es Co-housing?

Es un tipo de comunidad, podríamos decir de propietarios, aunque no exactamente, cohesionada por su forma de entender la relación entre vida privada y vida común. Está formada por viviendas privadas y una dotación importante de servicios comunes. Está planeada y gestionada por sus residentes, según el modelo que ellos mismos deciden, lo que les permite definir el proyecto según sus necesidades específicas reales. Para conseguir un coste moderado las viviendas, aún contando normalmente con equipamiento completo, suelen reducir su superficie habitual para dedicarla a los espacios comunes.
Los residentes pueden definir su propio modelo de convivencia para compartir algunas o muchas de las actividades vitales, desde las más básicas como la gestión de la comunidad, la limpieza o el ocio, hasta la cocina, el cuidado de los niños, la jardinería, etc. Los servicios comunes, con un marcado carácter socio-cultural, pueden incluir cocina, comedor, lavandería, guardería, enfermería, oficinas, talleres, sala de actos, habitaciones de invitados y viajeros, salas de juegos, gimnasio, ordenadores y multimedia, spa, invernadero, etc.

Hay cohousing de muchos tipos: urbanos y rurales; en edificios nuevos o en rehabilitados: las casas pueden ser de tipo unifamiliar, adosado o en bloque y los espacios comunes estar agrupados o repartidos. Cohousing es una alternativa al anodino y derrochador urbanismo actual.

El concepto moderno nace en Dinamarca en los años 60-70, pasando posteriormente a otros paises del norte de Europa y a Estados Unidos, donde se formaliza el nombre genérico cohousing para definir esta forma de organización del modo de vida y de la vivienda.

En nuestra aproximación al Cohousing o Covivienda partimos del modelo nórdico Andel: una comunidad de individuos que, bajo una fórmula cooperativa, convive en un conjunto residencial. ¿Sencillo? Quizás no tanto. Veamos en que se distingue de otras soluciones, como las Comunidades de Propietarios o las Cooperativas de Viviendas al uso que conocemos en España.

La Comunidad de Propietarios será seguramente la fórmula de más éxito en España en materia inmobiliaria. A diferencia de la Covivienda, en las Comunidades hay propietarios, propietarios que venden, que compran, que hipotecan los distintos elementos que componen esa Comunidad, sin perjuicio de la existencia de unas zonas y servicios comunes que hay que financiar y sobre los que hay que tomar decisiones. Esa vinculación con el concepto más clásico de propiedad privada desaparece en el Cohousing, donde el propietario del inmueble es la propia cooperativa, que cede el uso de esos elementos individuales a los socios de la cooperativa.

En España las Cooperativas de Viviendas se han orientado en la inmensa mayoría de los casos hacia la promoción de las mismas, al igual que otras formulas como las Comunidades de Bienes. Todas ellas, una vez han construido las viviendas o locales se los adjudican a los socios, constituyendo finalmente una Comunidad de Propietarios. Y este suicidio sistemático de las cooperativas de viviendas tienen lugar incluso cuando la legislación, siendo parca, permite el desarrollo del cohousing bajo el paraguas de la cooperativa de viviendas (ahí tenemos, por ejemplo el art. 89.3 de la Ley de Cooperativas, o el 106.3 de la Ley catalana)

¿Cómo funciona un Co-housing?

Si la definición es complicada, entrar en el detalle del funcionamiento de un Cohousing eleva la dificultad del ejercicio, especialmente en el caso español en el que hay una escasa regulación genérica, así como un embrionario desarrollo práctico. Por ello, y tomando como referencia el mencionado modelo Andel, de cooperativas nórdicas, nos limitamos a apuntar los principios sobre los que se mueven.

    La propietaria del inmueble es la Cooperativa. Los socios de la misma, que no son propietarios de los inmuebles, reciben la cesión del uso de estos de la cooperativa, pagando una cantidad en concepto de entrada a la cooperativa, que recuperarán cuando salgan de la misma, asi como un alquiler mensual que incluye la contribución en los gastos generales.

    La Cooperativa funciona bajo un régimen de autogestión, democrático. Los derechos de voto son personales, y la implicación es absolutamente necesaria, frente al modelo de cuotas por superficie de las Comunidades de Propietarios y baja implicación en la gestión de los comuneros. En el Cohousing, sin llegar a los extremos de su antecesor exótico, los kibbutz, parece conveniente un elevado grado de militancia cívica y de cohesión ideológica.

    El derecho de uso no puede ser embargado, pero si puede ser transmitido conforme a las reglas que haya fijado la Cooperativa, lo que suele conllevar unas listas de reserva de aspirantes, una aprobación de los mismos, una autoregulación de los precios de transmisión. asi como que el dinero del nuevo socio no vaya al viejo, si no en primer lugar a la Cooperativa, y luego esta le de curso una vez compruebe que esta al día el socio saliente y que todo el proceso es correcto.

    Es evidente que en un modelo como el andel las referencias bancarias/hipotecarias son muy distintas al español. No existen hipotecas individuales. En su lugar podemos hablar de una hipoteca comunitaria, y de financiaciones puntuales, de carácter personal, para las cuotas de entrada.

Una parte esencial de la contribución al éxto de este modelo es su apoyo por parte de las Administraciones Públicas: suelo, subvenciones, financiación, apoyo técnico, etc…

Experiencia en España

La legislación es muy escasa y parece que todo está por hacer. Quizás SostreCívic sea la organización representativa en cuanto al impulso del cohousing en España, bajo la formula del MCU (Modelo de Cooperativa de Uso).

Sin embargo, y a pesar de los proyectos que exponen, la realidad parece estar complicando dichos desarrollos. A lo novedoso de la experiencia se unen las restricciones crediticias generalizadas (y más para algo que esta por probar donde las garantías para ael acreedor no son las óptimas), así como la crisis financiera de las Administraciones Públicas, que como hemos comentado son parte fundamental de la apuesta.
 





¿A quién le puede interesar vivir en un Co-housing?


A cualquier persona o grupo de personas con una idea común de cómo vivir.


Sin limitarlo a otras personas o a planteamientos de grupos mixtos, consideramos especialmente adecuados para el tipo de forma de vida cohousing a:


- Personas mayores

- Personas que quieran vivir con sus amigos

- Personas con discapacidad

- Profesionales que trabajan en casa

- Personas con enfermedades y tratamientos crónicos

- Familias numerosas

- Personas con recursos limitados. Viviendas asequibles

- Familias multigeneracionales (abuelos, padres, hijos)

- Artistas, músicos y grupos con necesidates especiales de espacio, luz, acústica...

- Personas y familias a las que les gustaría reorganizar su vida para disfrutar de más tiempo y disminuir gastos.